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NÚMERO 35 RIPJ Y 6 RJV:


EDUCACIÓN INCLUSIVA E IGUALDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL.

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Por: Antonio Espínola Jiménez

RESUMEN: El auge de la transformación digital está suponiendo grandes avances para la sociedad, que observa cómo las nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) mejoran la calidad de vida y facilitan el día a día de todas las personas en tareas cotidianas de cualquier ámbito: hogar, ocio, cultura, deporte, empleo, educación, salud, gestiones administrativas, etc.
No obstante, debido a las diferentes necesidades que tienen las personas con cualquier tipo de discapacidad, el acceso a las TIC supone una brecha con respecto al resto de la sociedad, ya que muchos de los productos y servicios tecnológicos no son accesibles y presentan diversas carencias que impiden y dificultan su uso en igualdad de condiciones, y, por tanto, suponen una discriminación y no favorecen su plena inclusión en la sociedad.
Actualmente, son muchos los proyectos e iniciativas que se han desarrollado sobre esta materia, por lo que las TIC se están convirtiendo en buenas aliadas para la normalización e inclusión de las personas con discapacidad, pero aún hay muchas barreras que impiden el acceso a las mismas por parte del colectivo debido a factores como las carencias de accesibilidad, el precio elevado, el desconocimiento o la falta de formación acerca de su uso.
A lo largo del presente artículo se analiza de forma general la situación actual de las personas con discapacidad con respecto a las TIC en diferentes ámbitos de actuación, haciendo mayor hincapié en el sector educativo, recogiendo los principales puntos que se deben tener en cuenta para mejorar y garantizar una Educación Inclusiva.

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LA FECHA DE RECOLECCIÓN EN LA LEY VALENCIANA DE CONTRATOS AGRARIOS: INCUMPLIMIENTO Y CONSECUENCIAS.

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Por: Federico Arnau Moya.

RESUMEN: La Ley valenciana de contratos agrarios exige fijar por escrito la fecha de recolección. También establece otras vías para determinar esta fecha cuando no lo ha sido expresamente. Asimismo, se establecen las consecuencias para cuando el comprador incurre en mora por no recolectar antes de la fecha pactadas.

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LA JUBILACIÓN DEL TRABAJADOR COMO MODALIDAD EXTINTIVA DEL CONTRATO DE TRABAJO.

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Por: José Manuel López Jiménez.

RESUMEN: La jubilación del trabajador está recogida en el artículo 49.1.f) del Estatuto de los trabajadores como una de las posibles formas de extinción del contrato de trabajo. Se trata, por tanto, de una decisión que puede adoptar voluntariamente el empleado al alcanzar determinada edad.
Su justificación, de este modo, reside en la situación personal del trabajador que, tras una larga trayectoria profesional, decide poner punto final a su vida laboral. En realidad, la jubilación, y principalmente la jubilación anticipada, tenían su razón de ser en la protección de los colectivos más vulnerables. Basten como ejemplos ilustrativos aquellos empleados que hubieran desarrollado sus actividades en sectores de alto riesgo o los que, por su naturaleza, ya sea laboral o personal, gozaran de una menor esperanza de vida.
Sin embargo, y como apuntan algunos autores , en la actualidad la jubilación anticipada va más enfocada a paliar las consecuencias de las reestructuraciones empresariales, esto es, a que aquellas personas cuya edad les va a suponer un grave perjuicio a la hora de encontrar nuevo empleo tras haber sido despedidos, tengan la oportunidad de acceder a una prestación que, aunque con reducciones sobre lo que hubiera sido su efectiva pensión de haber llegado a la edad de jubilación ordinaria, suponga una fuente de ingresos que supla al salario.
En definitiva, el motivo de extinción que se va a analizar a continuación no comprende todos los tipos de jubilación, dado que el presente trabajo de investigación se refiere a los supuestos de finalización de la relación contractual del contrato de trabajo por voluntad del trabajador, quedando por tanto fuera aquellos supuestos de jubilación forzosa.

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CRISIS ECONÓMICA, DEUDOR PERSONA FÍSICA Y DERECHO FORAL VALENCIANO.

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Por: Álvaro Sendra Alviñana.

RESUMEN: La crisis económica que se avecina tras la pandemia provocada por el COVID-19 va a conllevar un aumento de los concursos de las personas físicas al amparo de la Ley de 2ª Oportunidad. Se analiza en este trabajo la incidencia que en tales expedientes tendrían la institución jurídica dotal tal y como fue concebida en nuestro derecho civil foral.

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LOS COVIDIVORCIOS DESPUÉS DEL CONFINAMIENTO POR EL COVID-19: BREVE ANÁLIS DE LAS CAUSAS Y SOLUCIONES DESDE UNA VISIÓN CONSTRUCTIVA.

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Por: Ania Granjo.

RESUMEN: La situación absolutamente excepcional e insólita que estamos viviendo desde el 14 de marzo de 2020 en que se decretó por el Gobierno central el estado de alarma1, y con ello el confinamiento en nuestros hogares - como medida para combatir la enfermedad del llamado Coronavirus (Covid-19) - ha hecho verdadero estrago en las relaciones de pareja, ya sean matrimoniales o no, que obliga a realizar un análisis, a la par que una reflexión al respecto y ofrecer claves y alternativas para combatir el colapso judicial que se avecina en materia de Derecho de Familia.

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